Un buen tratamiento del tema en el Derecho Civil espa–ol lo hace Diez-Picazo, Luis. Fundamentos del Derecho Civil Patrimonial. Volumen I (Introducci—n Teor’a del contrato), 5. ed., 1996, p‡gina 265.
Seguimos espec’ficamente al autor Dieter Medicus, quien en nuestro criterio es quien ha delimitado, puntualmente, en quŽ casos es que, excepcionalmente, se puede considerar v‡lido el negocio, pese a la ausencia de formalidades ad substantiam, con el fin de impedir el ejercicio abusivo del derecho. Al respecto puede verse Medicus, Dieter. Allgemeiner Teil des BGB, 8 ed., 2002, p‡gina 245, Rdn. 631 y siguientes.
Medicus, Dieter. Bźrgerliches Recht, 20 ed., 2003, Rdn. 184.